Acerca de

Atribuciones

I.   Formular y presentar a consideración de la o el Titular de la Secretaría, las normas, políticas, metodologías, lineamientos y demás instrumentos jurídicos, para la formulación y evaluación de los Programas y Proyectos de Inversión Pública, así como para su registro y criterios de clasificación en la Cartera Estatal;

II.  Asesorar a los Organismos Centralizados y Entidades Paraestatales de la Administración Pública Estatal, respecto de la formulación y evaluación de los Programas y Proyectos de Inversión Pública; así como a los Municipios que lo soliciten, e informar a la o el Secretario; 

III. Evaluar, conforme a las políticas, normas y procedimientos correspondientes, los Proyectos de Inversión Pública que presenten los Organismos Centralizados y Entidades Paraestatales de la Administración Pública Estatal y, en su caso, inscribirlos en el registro estatal;

IV. Integrar y administrar la Cartera Estatal de Programas y Proyectos de Inversión Pública Productiva;

V.  Coadyuvar en la integración del Programa Anual Inversión Pública con base en las propuestas validadas; 

VI. Otorgar y/o cancelar los certificados de registro en la Cartera Estatal de Programas y Proyectos de Inversión Pública Productiva, según su cumplimiento con las disposiciones correspondientes;

VII.Elaborar, previo al ejercicio o contratación de cualquier programa o proyecto de inversión, los análisis costo y beneficio de aquellos Proyectos de Inversión Pública que rebasen el equivalente a 10 millones de UDIS, de conformidad con lo que dispone la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, así como la Ley de Disciplina Financiera Estatal;

VIII. Identificar e informar a la o el Titular de la Secretaría los Proyectos de Inversión susceptibles de inscripción en la Cartera Federal y dar seguimiento en su proceso de gestión; 

IX. Verificar que el Ente público promovente, cumpla con la normatividad aplicable emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la Administración Pública Federal, para la inscripción de Proyectos de Inversión en la Cartera Federal;

X.  Verificar que los Proyectos de Inversión Pública contemplen las obras y acciones complementarias que requieran para su adecuada ejecución y puesta en operación, y que cuenten con los análisis y estudios técnicos correspondientes; 

XI. Coordinar, asesorar y/o proponer estudios de preinversión de los Proyectos de Inversión Pública propuestos por los Organismos Centralizados y las Entidades Paraestatales de la Administración Pública Estatal; 

XII.Emitir los análisis de conveniencia para aquellos proyectos de inversión que el Estado pretenda contratar mediante un esquema de asociación público-privada;

XIII. Emitir opinión técnica respecto de las propuestas no solicitadas de proyectos de asociación público-privada, previo análisis de los elementos determinados en la legislación correspondiente;

XIV. Calcular la rentabilidad social de los Proyectos de Inversión Pública ejecutados y en operación, en coordinación con las unidades administrativas competentes; así como generar el documento idóneo que refleje la evaluación socioeconómica y darle seguimiento a los mismos;

XV. Plantear y formular los Programas y Proyectos de Inversión Pública considerados como prioritarios con base en los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo; 

XVI. Dar seguimiento a los programas de inversión a realizarse en el territorio estatal por parte de la Administración Pública Federal con el fin de identificar obras complementarias y evitar duplicidad de la inversión pública; y

XVII. Las demás atribuciones que, en el ámbito de su competencia, le sean encomendadas por la o el Secretario, así como las que le confieran las disposiciones legales, administrativas y reglamentarias aplicables.